Normativa de campamentos

Normativa de campamentos de menores en Castilla y León

¿Tienes fechas y número de menores? El planificador de campamento te calcula los trámites de Castilla y León con su fecha límite, la ratio y los seguros.

Organizar un campamento con menores en Castilla y León combina dos capas de obligaciones: las del Estado (iguales en toda España) y las autonómicas (propias de Castilla y León). Esta es la lista de lo que conviene tener listo. Es orientativa: contrasta cada punto con la fuente oficial vigente antes de presentar la actividad.

Capa estatal: la misma en toda España

La LOPIVI (LO 8/2021) obliga a cualquier entidad que haga actividades con menores: certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales para todo el personal, incluido el voluntariado; delegado o delegada de protección; protocolos de actuación; y deber de comunicación inmediata ante indicios de violencia.

Lo desarrollamos, con los artículos concretos, en qué exige la LOPIVI en un campamento.

Capa autonómica: Castilla y León

  • Comunicación previa de todas las actividades de tiempo libre (art. 2 de la Orden FAM/203/2016, en la redacción de 2021). El plazo es de 7 días naturales en las de aire libre (más de 4 pernoctaciones y 10 o más menores) y de 4 días naturales en el resto (art. 3.2).
  • Evaluación de riesgos previa obligatoria, firmada por un monitor o coordinador con el nivel de titulación que exige la normativa (art. 39 del Decreto 117/2003).
  • Ratio (art. 40 del Decreto 117/2003): en las actividades de aire libre, 1 monitor titulado por cada 13 participantes o fracción (1 por cada 10 si son más de 100), con un coordinador si pasan de 30. En las demás, 1 responsable por cada 25. Si la evaluación da riesgo moderado o importante, 1 monitor de nivel por cada grupo de hasta 10.
  • Seguro de responsabilidad civil obligatorio en las actividades de aire libre y en las de riesgo moderado o importante, con un mínimo de 300.000 € (art. 41 del Decreto 117/2003), y asistencia sanitaria prevista.
  • Documentación higiénico-sanitaria del emplazamiento y del agua, y relación nominal de participantes con autorizaciones firmadas de los tutores.
  • Dirección y monitores titulados durante la actividad.
  • Informe de la Confederación Hidrográfica o del organismo de montes cuando proceda por la ubicación (art. 6 de la Orden FAM/203/2016).

Acampada libre: muy restringida

En Castilla y León la acampada libre está muy restringida. Para un grupo, las vías legales son las zonas e instalaciones autorizadas, los campamentos y albergues juveniles y el terreno privado con permiso del propietario fuera de los espacios protegidos. En espacios naturales protegidos manda además su PRUG o normativa específica.

Checklist rápido

  1. Certificados de delitos sexuales de todo el equipo (LOPIVI).
  2. Delegado/a de protección designado y protocolos a mano.
  3. Comunicación previa presentada en plazo (1 semana o 4 días).
  4. Evaluación de riesgos firmada por monitor/coordinador titulado.
  5. Seguro de RC (mínimo 300.000 €) en actividades de aire libre y de riesgo moderado/importante.
  6. Documentación higiénico-sanitaria y relación de participantes con autorizaciones.
  7. Botiquín, asistencia sanitaria y plan de emergencia.
  8. Emplazamiento legal e informes (hidrográfica/montes) cuando procedan.

✔ Datos verificados a 8 de octubre de 2026 · Fuentes: Junta de Castilla y León — Decreto 117/2003 (texto consolidado) , BOCYL de 28-03-2016 — Orden FAM/203/2016 (actividades juveniles de tiempo libre) , BOCYL de 08-06-2021 — Orden FAM/688/2021, que modifica la Orden FAM/203/2016 , Tramita Castilla y León — Comunicación previa de actividades juveniles de tiempo libre , Junta de Castilla y León — Juventud , BOE — LOPIVI (LO 8/2021) . Confirma horarios, caudal y disponibilidad antes de salir; los datos pueden cambiar.