Normativa de campamentos

Normativa de campamentos de menores en Extremadura

Organizar un campamento con menores en Extremadura combina dos capas de obligaciones: las del Estado (iguales en toda España) y las autonómicas. Dos particularidades fuertes: la acampada juvenil solo la pueden promover entidades sin ánimo de lucro, y si pasáis de 5 noches ya no es “acampada juvenil” sino campamento en instalación (otro régimen). Lista orientativa: contrasta cada punto con la fuente oficial vigente.

Capa estatal: la misma en toda España

La LOPIVI (LO 8/2021) obliga a cualquier entidad que haga actividades con menores: certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales para todo el personal, incluido el voluntariado; delegado o delegada de protección; protocolos de actuación; y deber de comunicación inmediata ante indicios de violencia.

Lo desarrollamos, con los artículos concretos, en qué exige la LOPIVI en un campamento.

Capa autonómica: Extremadura

La acampada juvenil aplica a grupos de 10 o más participantes, promovidos por entidades sin ánimo de lucro, con máximo 5 noches:

  • Comunicación al IJEX con antelación según noches: Modalidad A (menos de 3 noches), 30 días naturales; Modalidad B (3 a 5 noches), 60 días naturales. El plazo de la B pilla a muchos grupos: cuenta desde dos meses antes.
  • Equipo técnico: 1 Director/a de Ocio y Tiempo Libre + 1 monitor por cada 10 participantes o fracción.
  • Seguro de responsabilidad civil (el decreto no fija cuantía).
  • Permiso escrito del propietario del terreno.
  • Agua apta para el consumo humano acreditada.
  • Distancias mínimas: 50 m de ríos, embalses, carreteras y vías de tren; 300 m de captaciones de agua potable; 500 m de vertidos de aguas residuales.
  • Servicios higiénicos: 1 evacuatorio y lavabo por cada 10 personas; en Modalidad B, además duchas y comedor.
  • Informe sanitario (vinculante en Modalidad B) y proyecto educativo definido.
  • Más de 5 noches: régimen de campamentos e instalaciones del Decreto 52/1998.

Acampada libre: prohibida en toda Extremadura

El Decreto 170/1999 la prohíbe expresamente en todo el territorio, y responsabiliza también al propietario que la consienta. La acampada juvenil comunicada al IJEX es justo la excepción reglada. En verano, el Plan INFOEX restringe además el uso del fuego en el medio natural: verifica la orden anual antes de planificar hornillos y fuegos de campamento.

Checklist rápido

  1. Certificados de delitos sexuales de todo el equipo (LOPIVI).
  2. Delegado/a de protección designado y protocolos a mano.
  3. Comunicación al IJEX: 30 días (menos de 3 noches) o 60 días (3-5 noches).
  4. Director/a titulado + 1 monitor por cada 10.
  5. Seguro de RC y permiso escrito del propietario.
  6. Agua apta acreditada y distancias respetadas (ríos, carreteras, captaciones, vertidos).
  7. Evacuatorios 1/10; con 3-5 noches, duchas y comedor.
  8. Proyecto educativo e informe sanitario; y en verano, restricciones INFOEX de fuego.

✔ Datos verificados a 26 de julio de 2026 · Fuentes: Junta de Extremadura — trámite de acampada juvenil , IJEX — instalaciones y actividades privadas , IJEX — Decreto 234/2009 (PDF) , BOE — LOPIVI (LO 8/2021) . Confirma horarios, caudal y disponibilidad antes de salir; los datos pueden cambiar.