Normativa de campamentos de menores en la Comunidad de Madrid
Organizar un campamento con menores en Madrid combina dos capas de obligaciones: las del Estado (iguales en toda España) y las autonómicas (propias de la Comunidad de Madrid). Esta es la lista de lo que conviene tener listo. Es orientativa: contrasta cada punto con la fuente oficial vigente antes de presentar la actividad.
Capa estatal: la misma en toda España
La LOPIVI (LO 8/2021) obliga a cualquier entidad que haga actividades con menores: certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales para todo el personal, incluido el voluntariado; delegado o delegada de protección; protocolos de actuación; y deber de comunicación inmediata ante indicios de violencia.
Lo desarrollamos, con los artículos concretos, en qué exige la LOPIVI en un campamento.
Capa autonómica: Comunidad de Madrid
- Autorización/comunicación previa a la Dirección General de Juventud, normalmente con 20 días de antelación.
- Ratio de referencia: en torno a 1 monitor por cada 10 participantes, con un máximo de participantes por campamento (salvo excepción justificada).
- Dirección titulada (director de actividades de tiempo libre) presente durante la actividad y monitores titulados.
- Documentación durante el campamento: autorización de la actividad, relación nominal de participantes y autorizaciones firmadas de los tutores.
- Seguro de responsabilidad civil; asistencia sanitaria prevista y botiquín.
- Autorización para hacer fuego cuando proceda (Medio Ambiente), respetando las épocas de riesgo de incendio.
Acampada libre: prohibida
La Comunidad de Madrid prohíbe expresamente la acampada libre en todo su territorio (Decreto 3/1993, art. 5). Para un grupo, las únicas vías legales son las zonas e instalaciones autorizadas, los campamentos y albergues juveniles y el terreno privado con permiso del propietario fuera de los espacios protegidos. En el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama manda además su PRUG.
Checklist rápido
- Certificados de delitos sexuales de todo el equipo (LOPIVI).
- Delegado/a de protección designado y protocolos a mano.
- Comunicación/autorización presentada ~20 días antes.
- Dirección y monitores titulados; ratio cubierto.
- Seguro de RC al corriente.
- Relación de participantes + autorizaciones de tutores.
- Botiquín, asistencia sanitaria y plan de emergencia.
- Emplazamiento legal (instalación autorizada o permiso del propietario).
✔ Datos verificados a 20 de junio de 2026 · Fuentes: BOCM — Decreto 7/1993 , Comunidad de Madrid — Juventud , BOE — LOPIVI (LO 8/2021) . Confirma horarios, caudal y disponibilidad antes de salir; los datos pueden cambiar.